Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA seguido por el ciudadano HOUSSAM HUNEIDI HUNEIDI, en contra de la Sociedad Mercantil BOMBA Y REPUESTO LA ESTRELLA DE ORIENTE, C.A, identificados en actas, declara:
• INADMISIBLE, la pretensión incoada de EJECUCIÓN DE HIPOTECA por el ciudadano HOUSSAM HUNEIDI HUNEIDI, en contra de la Sociedad Mercantil BOMBA Y REPUESTO LA ESTRELLA DE ORIENTE, C.A, identificados en actas. Lo anterior, conforme lo dispuesto en la norma antes citada (Art. 78 CPC), en concordancia con lo previsto en el artículo 341 eiusdem.
Queda de esta manera REVOCADA la sentencia recurrida en todas sus partes.
En virtud de lo decidido, no hay condenatoria en costas procesales.
Regístrese y Publíquese. Déjes.....