En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus CIRILO ALFONSO BELTRAN ARRIETA, a los ciudadanos JOSÉ GREGORIO BELTRAN BARBOZA, ANA MARÍA BELTRAN ANGARITA, MILAGROS CHIQUINQUIRÁ BELTRAN BARBOZA, BETHZAIDA BELITZA BELTRAN BARBOZA y AURORA MARÍA BARBOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-7.979.143, V-5.850.328, V-10.447.026, V-12.405.337 y V-1.690.979, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal.
LA JUEZ,
Abog. MARÍA DEL PILAR FARÍA ROMERO. .....