En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la consulta efectuada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Declara Inadmisible la consulta efectuada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, de fecha 31 de Marzo de 2015.
TERCERO: Se ordena remitir el presente expediente al tribunal de origen, a los fines legales consiguientes.