Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE CUSTODIA, intentada por la ciudadana IVONNE MARGARITA HERNANDEZ JIMENEZ, titular de la cedula de identidad No. V-4.019.323, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistida por la abogada en ejercicio HERIKA ZABALA, Inscrita en el inpreabogado bajo el N° 100.494, en contra de la ciudadana MARYCARMEN ZABALA HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad No. V-16.471.528, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por la ciudadana IVONNE MARGARITA HERNANDEZ JIMENEZ, asistida por la abogada en ejercicio HERIKA ZABALA, I.....