DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Parcialmente Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano PEDRO CEBALLOS, anteriormente identificado, contra la empresa BGP International Of Venezuela, S.A., ya identificada, con ocasión de esta declaratoria deberá pagar al demandante la cantidad de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE BOLÍVARES CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS (BS.5.839.967,77) o su equivalente en Bolívares Fuertes de CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.F.5.839,96)
No hay condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los 15 días del mes de octubre del añ.....