Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Séptimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor de cada uno de los imputados JUAN FRANCISCO FALCON: de nacionalidad Venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 01/12/1949, de 57 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la Cédula de Identidad No. 3.993.905, manifestó saber leer y escribir, hijo de Raimundo Jose Urdaneta (D) y de Flor Maria Falcón (D), y con residencia en el Barrio San Pedro, Sector Kennedy, detrás del Hotel La Casona, Casa S/N, casitas de Inavi de bloque blanco, frente de la Carpintería Ramirez, Maracaibo, Estado Zulia; y el ciudadano imputado BLADIMIR LOCHMAN URDANETA: de nacionalidad Venezolano Nacionalizado, natural de Checoslovaquia, Continente Europeo, fec.....