JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la abogada en ejercicio BELICE ROSALES, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte presuntamente agraviada, contra la decisión dictada en fecha 03 de noviembre de 2010 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2.- REVOCA, la referida decisión del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos JUAN ARIZA, LUIS ZAMBRANO, ANA ABREU, HEROI CANO, LEIDA QUIROZ, JACK SUESCUN, YONDERVI GIL,Y otros