Decisiones del dia 15/11/2011
N° Expediente :
5108
N° Sentencia :
Fecha: 15/11/2011
Procedimiento: Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes: SOLICITANTE (S): BLANCA MARGARITA BUSTAMANTE GONZALEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, SOLTERA, DE ESTE DOMICILIO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. V-15.397.363, RESPECTIVAMENTE, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR EL ABOGADO EN EJERCICIO RAFAEL EDUARDO JIMENEZ, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL NRO. 162.721.
Resumen:
este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de "UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES" y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadano LUIS FERNANDO, ALEJANDRO RAFAEL, HUMBERTO ENRIQUE estos tres prenombrados Apellidados BUSTAMANTE RODRÍGUEZ, BLANCA MARGARITA, DORELY CRISTINA, HUALTE JACOBO, IRMAQUIRA BERENISE estos cuatro últimos prenombrados Apellidados BUSTAMANTE GONZALEZ y NUBIA GONZALEZ viuda de SÁNCHEZ, supra identificados, como "UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES" del de cujus LUIS BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, viudo, identificado con la cédula de identidad Nro. V-352.634, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 17/08/2011, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el .....
Juez/Ponente:
José Gregorio Rodriguez
Organo:
Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego
N° Expediente :
7440
N° Sentencia :
Fecha: 15/11/2011
Procedimiento: Negativa De Medida Cautelar
Partes: ARRAMBIDE NOGUEIRA, URUGUAYO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. E-81.378.214, ASISTIDO POR EL ABOGADO OSWALDO JOSE GUERRERO MORALES, INSCRITO EN EL I.P.S.A., BAJO EL Nº 58.295
Resumen:
Del análisis supra interpretado, se puede observar, el cambio de criterio asumido por nuestro Tribunal Supremo de Justicia de la Repúblicas Bolivariana de Venezuela, en el sentido de que es obligatorio, y no discrecional del Juez, acordar una medida cautelar, cuando considere llenos ambos extremos necesarios, es decir, el fomus bonis iuris y el periculum in mora y negarla cuando por el contrario, no se vean satisfechos estos principios fundamentales para su decreto.
En conclusión, tenemos que la Tutela Cautelar obedece a la protección de uno de los derechos constitucionales en conflictos, esto es, en definitiva, el derecho de acceso a la justicia compaginado con la respuesta efectiva del órgano jurisdiccional (doble dualidad de la tutela judicial efectiva consagrada en el artículo 26 de nuestra Carta Fundamental).
En consecuencia y en virtud de lo establecido anteriormente este Juzgador resuelve NO ACORDAR el decreto de las medidas solicitadas en virtud de que no fueron p.....
Juez/Ponente:
Yovani Gregorio Rodriguez
Organo:
Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego
N° Expediente :
7547
N° Sentencia :
Fecha: 15/11/2011
Procedimiento: Negativa De Medida Cautelar
Partes: LA ABOGADA CARMEN ALTUVE, INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL N° 47.186, ACTUANDO EN SU CARÁCTER DE APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
Resumen:
Del análisis supra interpretado, se puede observar, el cambio de criterio asumido por nuestro Tribunal Supremo de Justicia de la Repúblicas Bolivariana de Venezuela, en el sentido de que es obligatorio, y no discrecional del Juez, acordar una medida cautelar, cuando considere llenos ambos extremos necesarios, es decir, el fomus bonis iuris y el periculum in mora y negarla cuando por el contrario, no se vean satisfechos estos principios fundamentales para su decreto.
En conclusión, tenemos que la Tutela Cautelar obedece a la protección de uno de los derechos constitucionales en conflictos, esto es, en definitiva, el derecho de acceso a la justicia compaginado con la respuesta efectiva del órgano jurisdiccional (doble dualidad de la tutela judicial efectiva consagrada en el artículo 26 de nuestra Carta Fundamental).
En consecuencia y en virtud de lo establecido anteriormente este Juzgador resuelve NO ACORDAR el decreto de las medidas solicitadas en virtud de que no fueron p.....
Juez/Ponente:
Yovani Gregorio Rodriguez
Organo:
Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego
N° Expediente :
2473-10
N° Sentencia :
Fecha: 15/11/2011
Procedimiento: Improcedencia De Solicitud
Partes: DEMANDANTE: DEMANDANTE: MARIA RODRIGUEZ MENDOZA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, CON DOMICILIO EN LA CIUDAD DE VALENCIA, AQUÍ DE TRÁNSITO. CON DOMICILIO EN LA CIUDAD DE VALENCIA, AQUÍ DE TRÁNSITO/DEMANDADO: CONSORCIO ALTEZA 13/15, SOCIEDAD MERCANTIL DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, BAJO EL N° 62, TOMO 1-C, DE FECHA 08 DE NOVIEMBRE DE 2007.
Resumen:
Observa quien decide, que ni en el Convenio presentado en copia certificada, ni en la diligencia suscrita por los representantes de la demandada CONSORCIO ALTEZA 13/15, este se encuentra asistido de abogado, requisito indispensable para homologar los actos que realicen las personas (naturales o jurídicas) por ante los tribunales del país, en virtud de lo cual a los fines de cumplir con el requerimiento solicitado, esta juzgadora insta a las partes a ratificar las actuaciones, presentadas asistidos de abogados,por ser improcedente lo solictado. Y así se decide.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. SANDRA BRETT CASTILLO
LA SECRETARIA
ABG. ROSA DI COSOLA MORENO
En la misma fecha del auto anterior se cumple como fue ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. ROSA DI COSOLA MORENO
SBC/RDM
EXP: 2473/10
Juez/Ponente:
Sandra Brett Castillo
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquin
N° Expediente :
2480-10
N° Sentencia :
Fecha: 15/11/2011
Procedimiento: Improcedencia De Solicitud
Partes: DEMANDANTE: GUSTAVO CACERES ÁLVAREZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, CON DOMICILIO EN LA CIUDAD DE VALENCIA, AQUÍ DE TRÁNSITO/DEMANDADO: CONSORCIO ALTEZA 13/15, SOCIEDAD MERCANTIL DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, BAJO EL N° 62, TOMO 1-C, DE FECHA 08 DE NOVIEMBRE DE 2007.
Resumen:
Ahora bien observa quien decide, que ni en el Convenio presentado en copia certificada, ni en la diligencia suscrita por los representantes de la demandada CONSORCIO ALTEZA 13/15, este se encuentra asistido de abogado, requisito indispensable para homologar los actos que realicen las personas (naturales o jurídicas) por ante los tribunales del país, en virtud de lo cual a los fines de cumplir con el requerimiento solicitado, esta juzgadora insta a las partes a ratificar las actuaciones presentadas asistidos de abogados, por ser improcedente lo solicitado. Y así se decide.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. SANDRA BRETT CASTILLO
LA SECRETARIA
.....
Juez/Ponente:
Sandra Brett Castillo
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquin
N° Expediente :
2478-10
N° Sentencia :
Fecha: 15/11/2011
Procedimiento: Improcedencia De Solicitud
Partes: DEMANDANTE: KAREN ALARCON MONTACHEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, CON DOMICILIO EN LA CIUDAD DE VALENCIA, AQUÍ DE TRÁNSITO/DEMANDADO: CONSORCIO ALTEZA 13/15, SOCIEDAD MERCANTIL DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, BAJO EL N° 62, TOMO 1-C, DE FECHA 08 DE NOVIEMBRE DE 2007.
Resumen:
Ahora bien observa quien decide, que ni en el Convenio presentado en copia certificada, ni en la diligencia suscrita por los representantes de la demandada CONSORCIO ALTEZA 13/15, este se encuentra asistido de abogado, requisito indispensable para homologar los actos que realicen las personas (naturales o jurídicas) por ante los tribunales del país, en virtud de lo cual a los fines de cumplir con el requerimiento solicitado, esta juzgadora insta a las partes a ratificar las actuaciones presentadas asistidos de abogados, por ser improcedente lo solicitado. Y así se decide.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. SANDRA BRETT CASTILLO
LA SECRETARIA
ABG. ROSA DI COSOLA MORENO
En la misma fecha del auto anterior se cumple como fue ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. ROSA DI COSOLA MORENO
SBC/RDM
EXP: 2478/10
Juez/Ponente:
Sandra Brett Castillo
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquin
N° Expediente :
2475-10
N° Sentencia :
Fecha: 15/11/2011
Procedimiento: Improcedencia De Solicitud
Partes: DEMANDANTE: NORIELLYS DUMONT MORALES, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, CON DOMICILIO EN LA CIUDAD DE VALENCIA, AQUÍ DE TRÁNSITO/DEMANDADO: CONSORCIO ALTEZA 13/15, SOCIEDAD MERCANTIL DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, BAJO EL N° 62, TOMO 1-C, DE FECHA 08 DE NOVIEMBRE DE 2007.
Resumen:
Ahora bien observa quien decide, que ni en el Convenio presentado en copia certificada, ni en la diligencia suscrita por los representantes de la demandada CONSORCIO ALTEZA 13/15, este se encuentra asistido de abogado, requisito indispensable para homologar los actos que realicen las personas (naturales o jurídicas) por ante los tribunales del país, en virtud de lo cual a los fines de cumplir con el requerimiento solicitado, esta juzgadora insta a las partes a ratificar las actuaciones presentadas asistidos de abogados,por ser improcedente lo solicitado. Y así se decide.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. SANDRA BRETT CASTILLO
LA SECRETARIA
ABG. ROSA DI COSOLA MORENO
En la misma fecha del auto anterior se cumple como fue ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. ROSA DI COSOLA MORENO
SBC/RDM
EXP: 2475/10
Juez/Ponente:
Sandra Brett Castillo
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquin