Este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada Otilia Sulbarán Calderón, titular de la cédula de identidad Nº 4.488.216, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 21.091, actuando en su propio nombre y representación, contra la sentencia dictada en fecha 18 de julio de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. En consecuencia, queda CONFIRMADA la decisión apelada.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Otilia Sulbarán Calderón, antes identificada, actuando en su propio nombre y representación, contra el "Consejo Comunal La Represa I, Sector La Re.....