D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la Solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 14 de Noviembre de 2.011, por la Ciudadana: Corina Bolaños Díaz, y en consecuencia, fija prudencialmente la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo) Mensuales, que se ordenan cancelar a partir del presente mes de Diciembre del año 2.011, en beneficio de sus hijos: JOHANNA y FREDI ONEIDE TORO BOLAÑOS y las Bonificaciones especiales en los meses de Agosto para la compra de útiles y uniformes escolares, adicionales a la Obligación del mismo mes; y en el mes de Diciembre de cada año como complemento de la Obligación de Manutención, para la compra de estrenos navideños y añ.....