Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR PROCEDIMIENTO INTIMATORIO seguido por el ciudadano EDILSO JOSÉ BRICEÑO CASTELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.018.890, domiciliado en la Carretera K, Sector Las Cinco Bocas, Casa N° 177, del Municipio Cabimas del Estado Zulia; asistido por la abogada en ejercicio THAIS OLIVARES MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.848, en contra del ciudadano JOSÉ RAFAEL CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.600.089 y domiciliado en el Sec.....