V
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del derecho LUCY BLANCO, Defensora Pública Trigésima Sexta adscrita a la Unidad de Defensoría Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de defensora del ciudadano CARLOS ALEXANDER OCHOA MÉNDEZ, portador de la cédula de identidad Nro. 12.398.864.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión No. 1258-13, de fecha 25.11.2013, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual impuso Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en los numerales 3 y 4 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, en c.....