Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: El cumplimiento de la pena principal impuesta al ciudadano JAVIER MIGUEL BELLOSO SALAZAR, venezolano, natural de Maracaibo, titular de la Cedula de identidad N° 21.730.532, soltero, hijo de Evidio Belloso e Isvania Salazar, fecha de nacimiento 20-08-1980, de 28 años de edad, profesión u oficio pescador, residenciado en la calle 8, frente al Hospital San Rafael del Mojan, Municipio Mara del Estado Zulia, a favor del referido penado, todo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 64 y 479 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y el Artículo 44, numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Desaplica el contenido.....