Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS, por la comisión del delito de CONCUSIÓN, previsto y sancionado en el articulo 60 de la Ley Contra la Corrupción cometido en perjuicio de RAMIRO MANUEL LOPEZ GIL Y EL ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 4° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Articulo 48 Ordinal 8° Ejusdem.
Publíquese, Regístrese, notifíquese, en la oportunidad legal correspondiente.-
LA JUEZA NOVENA DE CONTROL
Msc ERIKA MILENA CARROZ PEREA.
LA SECRETARIA
ABOG. MARIA EUGENIA PETIT
En la misma fecha se registró la presen.....