Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala de Juicio Nº 1 del Tribunal de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de FIJACION A LA OBLIGACION DE MANUTENCION interpuesta por la Ciudadana: INGRID DANIELLA VARGAS BERACIERTO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.14.549.989 actuando en nombre y representación del niño (cuyo nombre se omite de conformidad con el artículo 65 LOPNNA) asistida en este acto por la Defensora Pública KALIDIA SANTANDER BALOA contra el Ciudadano: JOSE EFRAIN SILVA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.712.125. Así se decide. En consecuencia se Fija la Obligación de Manutención de TRESCIENTOS BOLIVARES (300,00Bs) mensuales, la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (600,00Bs) en el mes de septiembre y diciembre para cubrir útiles .....