DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por el ciudadano JULIO CORROCHANO GUTIERREZ, contra la ciudadana IRIS MARÍA PIÑA PUERTA.
Segundo: Se condena a la demandada a:
1) la entrega del inmueble arrendado constituido por un apartamento, distinguido con el N° 06 del edificio LES, ubicado en la avenida 103, número 142-13, Urbanización Parcelamiento La Ceiba, municipio Autónomo Valencia, estado Carabobo; libre de bienes y personas al ciudadano JULIO CORROCHANO GUTIERREZ.
Se condena en costas a la parte demandada.
Publíquese y déjese copia en los archivos del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzg.....