III
DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada.
SEGUNDO: SE SUSPENDEN LOS EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO impugnado, constituido por el acuse de recibido emitido por la Síndico Procuradora Municipal del Municipio Cabimas de fecha 13 de noviembre de 2014, a favor del ciudadano JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ MUÑOZ, donde se autoriza al mismo para iniciar la construcción de una vivienda familiar en el terreno constituido por en un inmueble constante de una superficie de OCHOCIENTOS DOS METROS CUADRADOS (802 mts.2), ubicado en la calle 3, entre avenida A y B del Lote C, de la Parroquia Carmen Herrera de la ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, que aparentemente sirve como área verde del mencionado parcelamie.....