Por los Fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la ley, ORDENA PRIMERO: fija prudencialmente un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS CONTINUOS, esto es, hasta el día 01 de Julio de 2007, para que el Fiscal del Ministerio Público proceda a dar término a la investigación penal adelantada al ciudadano YOERKIS VILLASMIL URDANETA, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 25-01-74, comerciante, titular de la cedula de identidad 12.380.874, hijo de Adan Villasmil y Malvas Urdaneta, residenciado en la Urbanizacion Coromoto, calle 167, Casa No 44-43 San Francisco, Estado Zulia, por el delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO Y VIOLENCIA FISICA, en perjuicio de la Ciudadana NEILA ESCOBAR y el ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 313, y 282 del Código Orgánico Procesal Penal. SE.....