DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin lugar la demanda incoada por el ciudadano BARTOLOME ANOTINIO AZUAJE VILORIA, antes identificado en contra ALCALDIA DEL MUNICIPIO PEDRAZA Y así se decide.
De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal se ordena la notificación al Sindico Procurador de la Alcaldía del Municipio Pedraza del Estado Barinas.
Dada la anterior declaratoria, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil trece. Años 202° de la Indep.....