DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano GIANFRANCO SULLY ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº 16.800.025 contra la entidad de trabajo INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES H.C.L. C.A; e IMPROCEDENTE LA SOLIDARIDAD invocada contra la empresa PDVSA PETROLEO, S.A., Y ASI SE DECIDE. En consecuencia se ordena a la parte demandada principal pagar a la parte accionante, la cantidad total de OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs. 87.637,10) además lo que resulte de experticia complementaria que se ordena a tal efecto en relación a los intereses de mora; y a la corrección monetaria respectivamente, la cual es ordenada por este Tribunal, y pract.....