Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA (en Sede Constitucional), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la QUERELLA DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por los ciudadanos YOHANNA BEATRIZ LUENGO PEREZ, OCTAVIO JOSE ARAGUAYAN MARCANO, ONEIDA ANA PEREZ LEON y JACKELINE ROSA BOSCAN DE URDANETA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.279.934, V-4.173.852, V-9.742.166, y V-9.739.164, actuando con el carácter de propietarios de locales comerciales y como parte integrante de la JUNTA DE CONDOMINIO ELECTA DEL CENTRO COMERCIAL GRAN BAZAR MARACAIBO, y JOSÉ JOHAN BRICEÑO LEON, JHOANNA CAROLINA QUINTERO BERNAL, MIGUEL ANGEL VALBUENA VIZCAINO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.151.808, V-17.231.1.....