El Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, ORDENA: PRIMERO: LA REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA, al estado de que el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, REMITA al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, a quien por distribución corresponda conocer, siguiendo los lineamientos pautados según la sentencia de fecha 15 de Octubre de 2004, dictada por la Sala de Casación Social de Tribunal Supremo de Justicia, antes comentada, recordando que, las co-demandadas incomparecieron a la prolongación de la audiencia preliminar. SEGUNDO: REMITASE DE INMEDIATO EL PRESENTE EXPEDIENTE AL JUZGADO ANTES MENCIONADO SIN MAS DILACION. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS en virtud de la naturaleza del fallo aquí dictado.-