En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la Ciudadana: SAMIRA DEL CARMEN CORREA GUERRA, Extranjera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. E-22.856.099 en contra de la Empresa: "AGROPECUARIA DON RAFA C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, el 02 de Junio de 1.994 bajo el número 05 del Tomo 03-A, representada legalmente por el Ciudadano: JOSÉ GREGORIO FERNANDEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.303.445. SEGUNDO: se condena a la Empresa demandada, antes identificada, a pagar a la demandante la cantidad de: DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN.....