PRIMERO: decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las ACCIONES que le corresponden al ciudadano DECIO ANTONIO VIVOLO NICASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.702.351, en la Sociedad Mercantil "INVERSIONES ABRIL, C.A" (INABCA).
- Para la ejecución de la presente medida comisiónese suficientemente uno de los Juzgados Ejecutores de Medidas de los Municipio Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
SEGUNDO: decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las ACCIONES que le corresponden al ciudadano DECIO ANTONIO VIVOLO NICASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.702.351, en la Sociedad Mercantil "DEVIWANA, C.A".
- Para la ejecución de la presente medida comisiónese suficientemente uno de los Juzgados Ejecutores de Medidas de los Municipio Maracaibo, Jesús Enrique Lossada.....