Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, constituido en forma mixta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, y por unanimidad, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONDENA, al ciudadano JOSÉ LUIS FERRER BLANCO, JOSE LUIS FERRER BLANCO, venezolano, natural de Maracaibo, de 46 años de edad, con fecha de nacimiento 20-05-1963, soltero, de profesión u oficio electricista, titular de la Cédula de Identidad N° 7.760.958, con grado de instrucción Bachiller, hijo de José Ferrer y Maria Blanco, residenciado en el Barrio Eloy Párraga Marín, calle 6 con Avenida 9, casa N° 9-22, detrás de Mc Donalds, Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo automotor, en perjuicio de los ciudadanos LEONA.....