Una vez constituido el Tribunal en la dirección indicada y luego de transcurrido un tiempo prudencial sin que persona alguna nos atendiera, fuimos informados por un Vigilante quien se negó a identificarse, que las oficinas administrativas de la Procuraduría se encontraban cerradas, por cuanto el personal administrativo de Recursos Humanos trabajo hasta el mediodía.- Acto seguido el Tribunal ordena el regreso a la sede de su despacho y fija el día Lunes Diecinueve (19) de Noviembre de 2012, a partir de las diez de la mañana (10:00 a.m.) a los fines de trasladarse a la sede de la Procuraduría del Estado Zulia, en la dirección antes señalada, con el fin de materializar la ejecución de la medida comisionada.-
2.-ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMB.....