Este Juzgado Superior acuerda la ejecución voluntaria del auto de autocomposición voluntaria efectuado por las abogadas FRANCIS RODRÍGUEZ y EMILY HAIQUETIN, venezolanas, mayores de edad, inscritas en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 203.766 y 210.364, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales de la ciudadana JANETH JOSEFINA PIÑA MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.745.280, parte querellante, y la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN JOSÉ MORA DEL ESTADO CARABOBO, parte querellada, dictado por este Tribunal el 13 de agosto de 2015, cuyo tenor es el siguiente:
"1.HOMOLOGADO el Acto de Autocomposición Voluntaria realizado por las partes en el presente proceso, el cierre y archivo se realizará una vez que conste en autos la reincorporación de la ciudadana JANETH JOSEFINA PIÑA MOLINA, titular de la cédula de identidad N° V- 12.745.280, al cargo de Secretaria III en la Alcaldía del Municipio Juan José M.....