Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
¿ PRIMERO: Parcialmente con lugar la Solicitud de Aumento de Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 12 de Julio de 2.010, por la Ciudadana: MARGARITA ZAMBRANO RAMÍREZ, y en consecuencia, fija prudencialmente la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo), mensuales, que se ordenan cancelar a partir
del presente mes de Enero del año 2.011, en beneficio de su hija: LISMAR PAOLA VIELMA ZAMBRANO y una Bonificación especial en el mes de Agosto para la compra de útiles y uniformes escolares, por la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,oo), adicionales a la Obligación del mismo mes; y la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs.1.200,oo) en el mes de Diciembre de cada año, como complemento de la Obligaci.....