PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE DIVORCIO ORDINARIO, intentada por el ciudadano OSMAR JOSÉ BALLERA GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.889.429, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, plenamente identificados.
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por el ciudadano OSMAR JOSÉ BALLERA GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.889.429, en fecha once (11) de enero del 2012. PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA como sentencia definitivamente firme. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento .....