Vista la diligencia de fecha 13 de febrero de 2009, suscrita por las ciudadanas ENEIDA JOSEFINA FINOL SERRANO y HECIRDA ROSA FINOL SERRANO, asistidas por el abogado ENRIQUE VILLALOBOS GUTIERREZ, mediante la cual desisten del presente recurso de casación interpuesto en fecha 26 de enero de 2009, el Tribunal le imparte su aprobación homologándolo y dándole el carácter de cosa juzgada, ordenando la remisión del expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.