En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación de auto, interpuesto por los profesionales del derecho ROMÁN ANTONIO MONTIEL y MANUEL HILDEMAR MARIN CORONADO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 80.161 y 138.628, respectivamente, en su condición de Defensores Privados de la ciudadana SOELY PATRICIA NAVA VÁSQUEZ, portadora de la cédula de identidad N° V-16.471.936, contra decisión N° 018-12, dictada en fecha diecinueve (19) de Enero de 2012, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual el referido Juzgado decretó Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad a la mencionada ciudadana, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTR.....