Se Declara: Admisible el Recurso de Apelación interpuesto por la bogada Maggien Sosa, en su condición de Fiscal Décima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en contra de la decisión dictada en fecha 28 de noviembre de 2012, por el Tribunal Segundo de Control de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante la cual admitió parcialmente las acusaciones presentadas por el Ministerio Público, decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en la modalidad de Detención Domiciliaria a favor de los ciudadanos Jorge Alberto Triana Chiquillo y Ervi Raúl Contreras y dictó auto de apertura a juicio a dichos acusados, por los delitos de Homicidio Calificado en la Ejecución de un Robo en Grado de Facilitadores, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° en concordancia con el artículo 84 numeral 3° del Código Penal; Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y Aprovechamiento de Cosas Provenientes.....