Sobre la fundamentación de hecho y derecho anteriormente narrada, este Juzgado del Municipio Valmore Rodríguez, Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción por resolución de contrato intentada por el ciudadano Saleh Saleh Noureddine contra la ciudadana Zuleida Margarita González.
SEGUNDO: VALIDO Y PROCEDENTE el alegato de defensa esgrimido por la demanda, en lo concerniente a su cualidad de inquilina en el descrito inmueble por mas de 10 años.
TERCERO: PRORROGADO LEGALMENTE hasta el 31 de diciembre de 2008 el contrato de arrendamiento suscrito por las partes en fecha 18 de abril de 2005, por ante la Notaria Pública Primera de Ciudad Ojeda, anotado bajo el n° 62, Tomo 25.
CUARTO: ACTIVO Y PLENO el derecho de la demandada para continuar poseyendo en calidad de inquilina y bajo las mismas estipulaci.....