Por los fundamentos de hecho y de derechos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado WANYER JOSE RAMIREZ TORRES, de nacionalidad Venezolano, Natural de la Maracaibo, Estado Zulia, portador de la cédula de identidad N° 16.212.141, de Estado Civil soltero, Fecha de Nacimiento 21-04-80, de 28 años de edad, profesión u oficio chofer, hijo de Natalia del Carmen Torres (v) y Eli Gonzalo Ramírez (v), domiciliado en Barrio el Manzanillo, avenida 25A, casa N° 21-206, teléfono 0414-3097330, Maracaibo, Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, más las Accesorias de ley previstas en el articulo 16 del Código Penal, por el delito APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Articulo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio d.....