DECISION
Este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de apelación intentado, contra decisión dictada por el Juzgado de los Municipio Obispo y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 21 de Febrero de 2001.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada, por cuanto es congruente con lo determinado por este tribunal, y en consecuencia condena a cancelar al actor la suma de 886.276,41. Ordenándose realizar experticia complementaria al fallo en los términos ante indicados
TERCERO: Se condena en costas del proceso a la parte demandada, por cuanto ha resultado totalmente vencida.
Publíquese, cúmplase con lo ordenado y remítanse al tribunal de origen para su ejecución.
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