En este estado, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara legal y Formalmente Embargados Ejecutivamente la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.4.341, 57.). Asimismo Declara la desposesión Jurídica de los mismos, de las manos del demandado y recibe el cheque de gerencia antes descrito de manera conforme para ser enviado al tribunal comitente a los fines legales consiguientes.
Acto seguido, solicitó el derecho de palabra el abogado apoderado judicial de la parte demandante ciudadano: Carlos Argenis Ávila Morillo, titular de la cédula de identidad N° 14.711.134, e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 101.818, quien expuso: "Solicito formalmente a este tribunal Ejecutor de Medidas, Embargue Ejecutivamente los bienes muebles y/o inmueble, .....