Visto el acuerdo de fecha: 14/06/2011, suscrito entre el Abogado en ejercicio JAIRO RUEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 17.801, en su carácter de Apoderado Judicial de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, parte demandada en la presente causa, y por otra parte la abogada RINA CALDERA, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 105.27, en su carácter de SINDICA PROCURADORA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA; y por el ciudadano VICTOR MANUEL NAVA NAVA, portador de la cédula de identidad Nro. V.- 3.819.571, asistido debidamente por el abogado en ejercicio GABRIEL PUCHE URDANETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 29.098; mediante el cual la parte demandada hace entrega al ciudadano VICTOR MANUEL NAVA NAVA, parte demandante, de un cheque signado con el Nro. 17001953, girado contra el Banco Occidental de Descuento, a la orden del mencionado ciudadano, por la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. .....