Se dictan los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados JOSÉ CONRRADO SILVA CAMBAR, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo estado Zulia, nacido en fecha: 04-02-78, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Taxista, Titular de la Cédula de Identidad Nº 13.495.911, hijo de José Luis Silva y Ana Flor Camba, residenciado en el Barrio 14 de Noviembre, Avenida 79, Casa Nº 80-41, una cuadra antes de la Panadería La Rosaleda; YOHANA CHIQUINQUIRÁ HERNÁNDEZ PÉREZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo estado Zulia, nacido en fecha: 16-11-80, de 25 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio: Oficios del Hogar, Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.295.615, hija de Pedro José Pérez y Raiza Josefina Hernández, residenciada en EL Sector Sabaneta, Barrio Libertad, Calle 46, Casa Nº 102A-76, a una calle del abasto Tío Simón, Teléfono 0414-0630490, de conformida.....