Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, DECLINA LA COMPETENICA de la presente ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por las ciudadanas MIRIAM GOMEZ VILLAMIZAR, MARIA SOLVEY MENDOZA DE MOLINA, AUDILIA CONTRERAS MOLINA, JUSNELLY MENDEZ RANGEL, GLADYS ALEJANDRA RODRIGUEZ SANDOVAL, CARMEN LUCIA MOLINA y YRIS MAGALY NADALES DE CASTRO en contra del ciudadano Director y representante legal del HOSPITAL Br. RAFAEL RANGEL DE SANTA BARBARA DE BARINAS, en el Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas-Santa Bárbara. Remítase el presente expediente con oficio.-