En consecuencia, y con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declara Bastante y Suficiente las justificaciones evacuadas para asegurar el derecho de Propiedad y Posesión a favor de la ciudadana: CARMEN BAUDILIA VERA ROJAS, ya identificada, sobre unas bienhechurias enclavadas sobre una parcela de terreno Municipal de los denominados ejidos, ubicada en la Parroquia La Luz, Sector El Tambor, Municipio Obispos del Estado Barinas