DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JHON LUIS URDANETA BARROSO Y ESTEFANI ALEXANDRA LARREAL CELIS, en fecha diecisiete (17) de junio de 2008, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal y como se evidencia del acta de matrimonio signada con el No. 189, acompañada a los autos en copia certificada.
Se ordena oficiar al Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del estado Zulia, y al Registro Principal del Estado Zulia, a objeto que estampe la nota marginal correspondiente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 .....