DECISIÓN
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Sin Lugar la demanda incoada por los ciudadanos Rafael Antonio Paredes, María Adelina Méndez Patiño, Orlanda Josefina Segura Brizuela, María Ovelinda Guerrero de Díaz y Dilma Coromoto Crespo, contra la Alcaldía del Municipio Barinas del estado Barinas.
No se condena dada la naturaleza del fallo.
Así mismo se ordena librar la notificación respectiva al síndico procurador de la Alcaldía del Municipio Barinas de conformidad a lo preceptuado en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los diecisiete (17) días del mes de noviembre del año 2017. Años 207º de l.....