Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS EN FASE DE JUICIO; y en consecuencia, CONDENA a cada uno de los acusados, ahora penados FRANCISCO JOSE CEPEDA ESPINOZA, venezolano, nacida en Cabinas Estado Zulia, en fecha 03-12-1977, de 31 años de edad, profesión u oficio comerciante, Estado Civil casado, hija de Francisco José Cepeda Nelliza Espinosa, Titular de la Cédula de Identidad No. 13.402.022, domiciliado en Avenido Pedro Lucas Urribarri, Sector Punta Iguana, al lado de la parrillera el Rey, Municipio Santa Rita del Estado Zulia; y YUNNIS RAFAEL ESPINOZA; de nacionalidad Venezolano, natural de Cabimas Estado Zulia, fecha Nacimiento: 12-07-1969, de 40 años de edad, Estado Civil soltero, profesión u oficio comerciante, C.....