Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 ordinal 1º y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO, seguido por ELI SAUL LA CONCHA GIL, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.861.257, domiciliado en el Municipio Santa Rita, Sector Palmarejo, Av. Pedro Lucas Urribarri del Estado Zulia, asistido por la abogada en ejercicio Silvia Reyes, con Inpreabogado bajo el Nº 39.498; en contra del ciudadano MIGUEL ÁNGEL CORREDOR, titular de la cedula de identidad numero V-10.413.558 y domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
No hay condenatoria en costas en razón de la dec.....