DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRESCRITA la acción incoada por el ciudadano JOSE LUIS OSMA TERAN, anteriormente identificado contra la empresa TUBOSCOPE BRANT DE VENEZUELA, S.A., no hay condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los dieciocho (18) días del mes de febrero del año 2009. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez
Abg. Jesús Paris La Secretaria
Abg. María Teresa Mosqueda.