decide:
a) QUEDA EXTINGUIDO EL REGIMEN MINORIDAD del ciudadano EDGAR ANTONIO GRATEROL MORÁN, antes identificado.
b) Ordena SUSPENDER LAS MEDIDAS decretadas por este tribunal en fecha 14 de Diciembre de 1982, correspondientes al ciudadano EDGAR ANTONIO GRATEROL SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° V ¿ 3.859.620, y quedan modificadas de la manera que indica el ordinal a) en la parte dispositiva de esta sentencia.
c) ARCHIVAR el presente expediente.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia certificada por secretaría de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los (18) días del mes de Febrero del 2.009. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez Titular Unipersonal Nº .....