CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, propuesta por el ciudadano ALBERTO ANTONIO BELEÑO BERRAZA, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-84.433.508, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tomando en cuenta de que se trata de un error que afecta el fondo del contenido del Acta de matrimonio en examen. En consecuencia, se ordena rectificar el Acta en referencia, signada bajo el Nº 88, perteneciente al mencionado solicitante, levantada en fecha 31 de marzo de 2000, por el Jefe Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en lo que respecta al asiento original, donde se lee: "...ALBERTO ANTONIO BELEÑO BERRAZA." de treinta y dos años de edad. Soltero, albañil, titular de la cédula de identidad. N: 7.325.831, natural...", debe leerse: "...ALBERTO ANTONIO BELEÑO BERRAZA", de treinta y dos años de edad, soltero, albañil, titular de la cédula de identidad N° E-84.433.508, de nacionalidad colom.....