En el día de hoy; Viernes; Dieciocho (18) de Abril del año 2008, siendo las Dos y Treinta (2:30) de la Tarde, día y hora para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar; comparece ante este Tribunal el Abogado: DERVIS HUWERLEY FAUDITO RODRIGUEZ, quien actúa en este acto con el carácter de Co-Apoderado del demandado; se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de Apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 197 °. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.