Este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho JOSE PEREZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en contra de la decisión dictada en fecha 11 de marzo de 2011, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por reclamo de indemnizaciones derivadas de enfermedad ocupacional y daño moral intentó el ciudadano HENRY GASCON en contra de la sociedad mercantil MAERSK DRILLING VENEZUELA, C.A. 3) SE CONDENA a la Sociedad Mercantil MAERSK DRILLING VENEZUELA, C.A., a cancelar al ciudadano HENRY GASCON la cantidad de Bs. 15.000, oo, por concepto de daño