Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNÍCO: PERIMIDO el presente proceso de COBRO DE BOLIVARES (vía intimación) incoado por el ciudadano RAFAEL SUAREZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.759.922, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.404, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ ARMANDO SANCHEZ SERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 9.205.306, de igual domicilio, contra La Sociedad Mercantil TRANSPORTE HEREDIO CASILLA, C.A., domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia e inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 27 de Junio de 2007, quedando anotada bajo el Nº 21, Tomo 68.....